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Empresas 02.10.26

FONDO DE ASISTENCIA LABORAL: CÓMO FUNCIONARÁ DESDE NOVIEMBRE Y QUÉ MULTAS TENDRÁN LAS EMPRESAS

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El Fondo de Asistencia Laboral (FAL) inicia en noviembre. Todos los empleadores del país tendrán que aportar obligatoriamente una suma para invertir en el mercado financiero. El Gobierno estimó en el Presupuesto que tendrá un costo fiscal de 0,2% del PBI.

Dentro de un mes los todos los empleadores del país, más allá de la cantidad de personal que tengan a cargo, deberán comenzar a aportar para el nuevo Fondo de Asistencia Laboral (FAL) que el Gobierno implementó por ley y que será obligatorio . A pocas semanas de su inicio, el fisco determinó qué sanciones habrá para quienes no adhieran.

Se trata del fondo específico con el que las empresas -desde pymes hasta grandes- tendrán que afrontar costos eventuales por indemnizaciones por despido o juicios laborales .

Son sumas mensuales que antes se destinaban a Anses y ahora irán a una cuenta en una entidad administradora -a elección- en el mercado de capitales. Ese dinero tendrá que ser invertido en bonos o acciones argentinas para que no pierda poder de compra. El menú de activos para dirigir esas sumas es acotado y podría estar concentrado en bonos del Ministerio de Economía.

El sistema FAL fue aprobado en el marco de la ley de reforma laboral. No implica en términos prácticos un cambio en la cantidad de aportes que hacen las empresas empleadoras sino en el destino. Un porcentaje ( 2,5% para las pymes y 1% para el resto ) en lugar de desviarse al sistema previsional, irán al mercado financiero.

El jueves ARCA dio el último paso que restaba en términos de reglamentación del nuevo régimen. Es la letra chica sobre cómo deben hacer los empleadores para comenzar a aportar para el FAL. En términos prácticos, tendrán que abrir una cuenta especial que tendrá lo que se denomina un ID FAL , es decir, un identificador formal para cada cuenta.

El Gobierno reglamentó, entre otras cuestiones, qué pasa con las empresas que no hagan ese trámite, que es obligatorio. “Si transcurrido un mes desde el vencimiento el empleador no informó un ID FAL válido, ARCA lo comunicará a la CNV para que asigne uno de oficio . Mientras tanto, las sumas correspondientes al FAL quedan retenidas sin imputación específica”, aseguró Sebastián Domínguez , CEO de SDC Asesores Tributarios.

En ese sentido, dijo que es un escenario poco conveniente porque si los fondos permanecen estacionados sin ser invertidos pierden poder de compra, por lo que existe un costo financiero para los empleadores.

Los aportes al FAL deberán realizarse ante ARCA -no ante la sociedad de bolsa que el empleador haya elegido-, de la misma forma en que se hace en la actualidad: con una declaración jurada para los aportes sociales y con un Volante Electrónico de Pago (VEP).

La CNV es uno de los organismos que reglamentó el FAL que empieza a funcionar en noviembre. “El pago deberá efectuarse en la misma fecha fijada para los restantes conceptos que conforman dichas obligaciones. La falta de pago devengará intereses resarcitorios , actualmente del 2,75% mensual”, mencionó Domínguez.

El Gobierno también determinó qué clase de sanciones habría para los empleadores que omitan el paso de informar cuál es el ID FAL ante el fisco. Será una multa equivalente al 5% del total de las remuneraciones imponibles sujetas a los aportes que haya pagado el empleador en el mes anterior al requerimiento que haga ARCA.

La multa tiene además un piso y un techo: no puede ser inferior al equivalente al 10% de un salario mínimo (hoy algo más de $39.000 ) vigente al mes anterior al requerimiento, ni superar 15 salarios mínimos, que actualmente equivale a $5,8 millones . La multa, de todas formas, no es automática.

“ARCA va a hacer primero un requerimiento a quien no informó cuál es su ID FAL. Pero cómo la CNV dentro de los 30 días va a hacer un sorteo para designar a la administradora del FAL si una empresa no lo elige, es probable que no haya notificación de requerimiento sino que se vaya directamente a sorteo. Es decir, está contemplado que haya sanciones pero es probable que no suceda en la práctica “, advirtió Domínguez.

Sobre el funcionamiento de la declaración ante el fisco, Leonardo Pirolo , director de Capital Markets en TMF Group, explicó: “La determinación se realizará de manera automática a través del sistema de ARCA y el importe se declarará junto con las restantes obligaciones de la seguridad social, dentro del esquema habitual de liquidación y pago”. El Gobierno incluyó un cálculo sobre los fondos FAL en el proyecto de Presupuesto 2027 y estimó cuál será el costo fiscal del esquema. Es decir, cuánto dinero dejará de recaudar el sistema previsional para que esos fondos vayan al mercado financiero. De acuerdo al texto de ley, serán casi 0,2% del PBI de menor ingreso al fisco por concepto de Aportes a la Seguridad Social.

“Hasta fin del año 2027 los fondos FAL dispondrán para invertir por un total del 2% de los vencimientos en pesos del Tesoro Nacional. Es poco y quita relevancia en cuanto a su impacto inicial. Sin embargo, con el correr del tiempo, los fondos irán acumulando capital y ganando relevancia”, opinó Federico Broggi CIO IEB Fondos Comunes de Inversión.

“El FAL no representa un costo adicional para el empleador, sino que modifica el destino de una parte de las contribuciones que ya realiza. Esos recursos pasan a conformar un patrimonio separado, destinado específicamente a afrontar indemnizaciones y que, mientras no sea necesario utilizarlos, puede ser administrado e invertido”, señaló Enrique Basabe Picasso , Chief Legal Officer de Mills Capital.

Clarín